*Por una probation lo empresarios deberán reparar el daño ocasionado.06/06/2017 – El fiscal de Victoria Jorge Taleb brindó detalles de la causa que llevó adelante contra empresarios rosarinos por un desmonte realizado en forma ilegal en el islote Pancho, ubicado sobre el río Paraná y en jurisdicción de Victoria. La inédita investigación de oficio que realizó, culminó con la imputación bajo la figura de daños de los socios gerentes de la empresa, quienes solicitaron la suspensión del juicio a prueba o probation.
Como parte de la condena deberán reponer las especies nativas dañadas, que serán aproximadamente unos 50 árboles, y además como medida de reparación deberán realizar una donación económica a dos escuelas de la zona. En ese marco, el fiscal analizó que “así como estamos a la vanguardia en materia de protección ambiental general, estamos muy al azar en Argentina en materia de protección penal de nuestro medioambiente”.
En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza) Taleb sostuvo que “el derecho penal es la herramienta más importante que tiene un Estado de derecho para sancionar aquellas conductas que afectan en grado intolerable la convivencia entre las personas mientras que el derecho administrativo sanciona conductas antinormativas con herramientas menos poderosas como multas o revocación de permisos”.
Recordó que tomó conocimiento de los desmontes “por una organización ambiental de Victoria que desarrolla una labor muy importante en materia de protección del ambiente” y a raíz de la presentación de un pedido de informe de la diputada Mariela Tassistro por un presunto desmonte en el islote Pancho, ubicado en jurisdicción de Victoria en el río Paraná.
Mencionó que “en octubre del año pasado” se dispuso “el decreto de apertura de causa que era en principio con un conocimiento muy provisorio porque no se sabía qué había pasado, quienes realizaron el desmonte y si había o no autorización administrativa para proceder de esta manera”.
Explicitó al respecto que “en todo lo que tiene que ver con bosques nativos se requieren determinadas presentaciones ante la autoridad administrativa de control para poder realizar desmontes, y eso está absolutamente controlado por la llamada ley Bonasso de bosques nativos, a lo que se suman otras leyes provinciales de carácter protectorio muy importantes de las áreas de naturales protegidas y con las reservas de usos múltiples”.
Sostuvo que “al pedir la información el Poder Ejecutivo provincial tomo conocimiento que se trataba de una empresa que tenía autorización para realizar tareas de amarre, denominada La Barquita oriunda de Rosario, pero ese permiso administrativo no comprendía la tarea de desmonte o de tala de árboles”.
Ante esto, el fiscal explicó que “al tener conocimiento de que no había autorización administrativa para proceder al desmonte y como no se había presentado un plan de manejo sostenido del recurso natural me pareció que era una cuestión más grave, que podía tener connotaciones penales y por eso decidí abrir esta investigación bajo la figura de daños”.
En ese marco, analizó que “así como estamos a la vanguardia en materia de protección ambiental general, estamos muy al azar en Argentina en materia de protección penal de nuestro medioambiente, porque solo se contemplan delitos de resultado o de lesión –como por ejemplo contaminar el agua- pero no contemplan la evolución del riesgo”.
Especificó además que “el delito de daños está en el Código de 1921, no específicamente ambiental, que tiene una pena de 15 días a un año de prisión, es decir que es sumamente baja. Está pensada para un piedrazo que rompe un vidrio, y si eso es un delito penal por qué no lo sería talar árboles o realizar un desmonte que tiene un perjuicio mucho mayor”.
“En este caso se trataba de una isla del Estado, de dominio público, donde se habían afectados muchísimas especies arbóreas nativa como sauces criollos. Desde esa óptica consideré que esta conducta encuadraba en un tipo penal y era más grave porque se trataba de un lugar público”, puntualizó.
Detalló que “la parte afectada fue de siete metros desde la línea del agua hacia el interior y en un borde costero de mil metros de largo, pero lo talado fueron unos 200 metros” y apuntó que “fue un desmonte importante”.
Respecto de la conducta de los responsables de la empresa, indicó que “los socios gerentes de esta Sociedad de Responsabilidad Limitada fueron citados en carácter de imputados y alegaron que no sabían que no podían desarrollar esta actividad y al anunciarles que pediría la elevación de la causa a juicio pidieron la suspensión del juicio a prueba, la probation”.
“Lo que me pareció más relevante que la realización de tareas comunitarias era que asumieran un mandato que está en la Constitución Nacional y que dispone que el daño ambiental originará la obligación de recomponer, y esta situación era una situación que se podía recomponer reimplantando este tipo de especies arbóreas que habían sido afectadas”, explicitó.
Ante esto, sostuvo que “es importante que todo empresario que desarrolla una actividad privada en la zona, donde hay posibles afectaciones de derechos de terceros, suelen manejarse con la lógico del costo-beneficio y que a futuro deberán incluir las consecuencias jurídico penales que tienen, porque el servicio de justicia de Victoria no va a permitir este tipo de conductas”.
Por último, indicó que “en la presentación del juicio a prueba presentaron un plan para la reimplantación de estas especies que serán aproximadamente 50 árboles que se repondrán y además como medida de reparación deberán realizar una donación económica a dos escuelas de la zona”.