Ambientes Libres de Humo: Sancionaron la Ordenanza N° 015/2016

*En la ciudad de Larroque, es preciso recordar que fue sancionada la Ordenanza N° 015/2016 que establece los Ambientes Libres de Humo.*El pasado 23 de noviembre del corriente año, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Larroque, sancionó la Ordenanza N°015/2016, que promueve la adhesión del Municipio a la Ley Nacional Nº 26.687 referida a la Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, y las disposiciones que en lo sucesivo la modifiquen y/o complementen, con las especificaciones que se proponen en la mencionada Ordenanza.
Dicha iniciativa, propuesta por el equipo de trabajo conformado bajo los lineamientos del Programa  Nacional Municipios y Comunidades Saludables, se fundamenta en que es competencia del Municipio desarrollar políticas preventivas destinadas a mejorar la calidad de vida de las personas, por lo que promover los ambientes 100% libres de humo de tabaco es una Política Sanitaria prioritaria, dado que según afirma la Organización Mundial de la Salud el tabaquismo es la principal causa de muerte evitable en los países en desarrollo, siendo Argentina el país que presenta una de las tasas más altas de tabaquismo en América Latina. Asimismo, la exposición al humo del tabaco ha sido declarada como carcinogénica por la OMS, aumentando un 30% el riesgo de contraer cáncer de pulmón y enfermedades coronarias de fumadores pasivos (hombres y mujeres).
La Ordenanza establece la prohibición del consumo de tabaco en sus diversas formas, en todos los ámbitos cerrados de uso público comprendidos en el ejido de Larroque, ya sean reparticiones públicas o privadas. Así también deja expresa la prohibición de la venta de productos destinados a fumar a toda persona menor de 18 años de edad.
Finalmente se apela a la buena voluntad de todos los ciudadanos para la difusión y el cumplimiento de la misma, ya que redunda en un beneficio para la salud de todos.
(H.C.D. y Municipalidad de Larroque)